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LA SALUD DE LAS MUJERES EN MÉXICO: entre derechos reconocidos y violencias

persistentes

Autor: Mtra. Violeta G. Leal Sandoval

 

El derecho a la salud constituye un derecho humano fundamental que contribuye a garantizar la autonomía física de las mujeres, así como su empoderamiento y bienestar (PAMIMH, 2025). En México, dicho derecho se encuentra reconocido en el artículo 4° de la Constitución, donde también se establece que mujeres y hombres son iguales ante la ley y que el Estado protegerá el desarrollo de la familia. En ese mismo apartado se afirma que “toda persona tiene derecho a la protección de la salud” (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2020).

Aunque el marco jurídico resulta claro, la realidad social muestra brechas profundas en el acceso efectivo a ese derecho. Tal situación no afecta de la misma manera a toda la población ni a todas las mujeres por igual. Las desigualdades se agudizan entre ciertos grupos: migrantes, mujeres con discapacidad, indígenas, afromexicanas, adolescentes, privadas de la libertad o habitantes de zonas periféricas. Para muchas de ellas, la garantía constitucional permanece más como aspiración normativa que como experiencia cotidiana.

Hablar del derecho a la salud de las mujeres implica considerar dimensiones múltiples e interrelacionadas: salud física, mental, sexual y reproductiva. Tales ámbitos no pueden entenderse de manera aislada, pues se encuentran profundamente vinculados con el contexto social, político y cultural en el que viven las mujeres. La violencia de género, el machismo y la misoginia siguen presentes a escala global; sin embargo, en México la contradicción resulta particularmente evidente. A pesar de contar con una de las legislaciones más avanzadas para proteger la vida y los derechos de las mujeres, la violencia persiste con cifras alarmantes, como el asesinato de más de diez mujeres al día.

 

Antes de abordar las especificidades de la salud femenina en México, conviene plantear una pregunta fundamental: ¿cómo se construyen el conocimiento, la ciencia y la medicina? La respuesta revela una raíz histórica compleja . Durante siglos, la producción de conocimiento médico se ha desarrollado desde una mirada patriarcal que rara vez coloca a las mujeres en el centro de la investigación. El modelo de estudio de la salud se ha basado principalmente en el cuerpo masculino, y no en cualquier cuerpo masculino, sino en el hombre blanco, occidental y heterosexual.

Esa perspectiva excluye otros cuerpos y experiencias, al tiempo que intenta encajar la salud femenina en un único molde. Como señala Diana Maffia (2007), las ciencias biomédicas han indicado históricamente cómo deben ser las mujeres, cómo deben gozar, parir, sentir, pensar, enfermar e incluso morir. Tal lógica normativa del “deber ser” reduce la autonomía y uniforma los cuerpos y las experiencias femeninas.

La perspectiva androcéntrica de la medicina se remonta a tiempos muy antiguos. Diana Maffia (2007) menciona el papiro de Kahun y el de Ebers, ambos datados entre 1900 y 1600 a.C., donde se atribuía al útero el origen de todos los malestares femeninos. En dichos textos se indicaban diversos tratamientos para aliviar tales padecimientos, muchos de los cuales implicaban el uso de sustancias o residuos de carácter fétido aplicados sobre los órganos femeninos. De esta manera, el cuerpo de las mujeres quedaba subordinado a prácticas simbólicas relacionadas con lo masculino.

El papiro de Ebers , por ejemplo, aconsejaba preparar un brebaje con alquitrán de la madera de un barco y residuos diversos. También recomendaba fumigaciones aplicadas a la entrada de la vulva utilizando excrementos de hombre secos colocados sobre incienso. Para “hacer volver la matriz a su lugar”, debía colocarse un ave ibis de cera sobre carbón encendido, de modo que el humo ingresara en la vulva. El ibis simbolizaba al dios Thot, deidad guerrera considerada extremadamente poderosa (Maffia, 2007).

La revisión histórica permite observar cómo la salud femenina ha sido colocada reiteradamente en situaciones de riesgo y vulnerabilidad frente al poder masculino y sus representaciones simbólicas . La medicina occidental se sustenta en gran medida en la tradición hipocrática, la cual mantiene vínculos conceptuales con dichos postulados antiguos. Lamentablemente, la perspectiva no ha cambiado tanto como podría suponerse. La misma autora (Maffia, 2007) presenta ejemplos de postulados médicos formulados incluso durante los años ochenta que reproducen esquemas similares de pensamiento. En tales planteamientos se afirmaba que, debido a la naturaleza “húmeda” de la mujer, su salud dependía de la regularidad menstrual y de la frecuencia de las relaciones sexuales. La eliminación de sangre durante la menstruación y la emisión de “semen” durante el coito eran consideradas mecanismos indispensables para preservar la salud. Asimismo, se sostenía que la ausencia de relaciones sexuales permitía que el útero vacío migrara dentro del cuerpo y presionara otros órganos, idea heredada de la medicina egipcia. No obstante, también se advertía que el exceso de coitos podría agrandar el orificio uterino y provocar anorexia, ansiedad o dolores lumbares (CNIDE & COS, 1981).

Muchos padecimientos femeninos continúan vinculándose casi exclusivamente con desórdenes uterinos. Al mismo tiempo, varios malestares relacionados con el útero, los ovarios o la vulva siguen siendo escasamente investigados. Un ejemplo relevante es el Síndrome de Ovario Poliquístico (SOPQ). Aunque la Organización Mundial de la Salud ha prestado atención creciente a este trastorno, las investigaciones médicas y farmacéuticas todavía muestran avances limitados, a pesar de tratarse de un padecimiento que afecta a una proporción significativa de la población femenina mundial.

Según la Organización Mundial de la Salud, se estima que el SOPQ afecta entre el 10% y el 13% de las mujeres en edad reproductiva. Además, hasta el 70% de quienes lo padecen a escala mundial no han recibido diagnóstico (OMS, 2026). La magnitud del subdiagnóstico refleja, en parte, la insuficiente atención que las instituciones sanitarias han otorgado históricamente a los problemas de salud que afectan específicamente a las mujeres.

El rezago en temas vinculados con la salud femenina se relaciona con la construcción patriarcal del conocimiento científico. Por tal motivo resulta necesario impulsar una perspectiva feminista en la producción de conocimiento. Existe un método de investigación

feminista que cuestiona las bases tradicionales de la ciencia. Sin embargo, su reconocimiento implica confrontar estructuras epistemológicas arraigadas que durante mucho tiempo han dificultado comprender la participación de las mujeres en la vida social (Harding, 2002).

Construir conocimiento desde una perspectiva feminista significa hacerlo por, para y con las mujeres. Durante siglos, la mitad de la humanidad ha sido situada en posiciones de marginación intelectual, social y política (Amorós, 1991). Resulta indispensable generar espacios de salud seguros y respetuosos, donde las mujeres participen activamente en la construcción de saberes relacionados con sus propios cuerpos y experiencias. La violencia contra las mujeres no se manifiesta únicamente en los ámbitos mencionados. También aparece en el control ejercido sobre sus cuerpos y en diversas prácticas dentro de la atención médica. El control del cuerpo femenino constituye una práctica arraigada en el sistema patriarcal, particularmente sobre ciertos grupos de mujeres que comparten condiciones de pobreza o racialización.

El Estado y el capital han intentado históricamente determinar quién tiene permitido reproducirse y quién no. Por esa razón existen restricciones sobre el derecho al aborto y, al mismo tiempo, se criminaliza el embarazo cuando se trata de mujeres que podrían engendrar “personas problemáticas” (Federici, 2022). Tales mecanismos revelan cómo el control reproductivo se encuentra profundamente vinculado con relaciones de poder y desigualdad.

Las violencias relacionadas con la salud femenina también varían según las intersecciones que atraviesan la vida de cada mujer. Factores como raza, clase social, edad, discapacidad

o nivel de ingresos influyen en la forma en que se experimenta el acceso a la atención médica. Este sistema selectivo de atención limita el desarrollo de muchas mujeres y vulnera derechos humanos fundamentales. En el caso mexicano, además, contraviene disposiciones establecidas en la Constitución y en otras legislaciones orientadas a garantizar los derechos de las mujeres, como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley General de Salud.

De acuerdo con el Programa de Asuntos de la Mujer y de Igualdad entre Mujeres y Hombres (PAMIMH, 2025), la Ley General de Salud establece que la Secretaría de Salud debe promover e integrar la perspectiva de género en sus estrategias, campañas informativas y programas. Asimismo, la legislación subraya que toda persona tiene derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud mental sin discriminación por motivos de sexo, género u otras condiciones. La ley también aborda la salud materno infantil, estableciendo la obligación de brindar atención expedita a mujeres embarazadas que enfrentan urgencias obstétricas y reconociendo la necesidad de atención integral para personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

No obstante, una vez más surge la pregunta: ¿qué ocurre en la práctica? La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH, 2021) documenta cifras preocupantes de violencia obstétrica entre mujeres de 15 a 49 años. El 33.4% reportó maltrato durante la atención obstétrica en cesáreas y el 29.6 % durante el parto. Además, el

19.5 % de quienes se sometieron a cesárea experimentó maltrato psicológico o físico, mientras que al 23.7 % se le practicó algún procedimiento médico sin autorización.

Incorporar una perspectiva feminista de género en el sistema de salud responde, en primer lugar, a una deuda histórica. Durante siglos los cuerpos y padecimientos femeninos han sido insuficientemente investigados, lo que exige desarrollar estudios libres de sesgos que prioricen la vida y el bienestar de todas las mujeres. La forma en que la medicina ha abordado la salud femenina ha generado consecuencias profundas que todavía repercuten en la calidad de la atención médica.

En segundo lugar, integrar dicha perspectiva no debe limitarse al cumplimiento formal de normas jurídicas. Resulta fundamental reconocer las múltiples intersecciones que atraviesan la vida de las mujeres atendidas en el sistema sanitario. Solo así será posible respetar plenamente sus derechos, garantías, decisiones y autonomía corporal.

Finalmente, incorporar una perspectiva feminista en la salud constituye una necesidad urgente para evitar que más mujeres pierdan la vida debido a omisiones del sistema. También representa una vía para garantizar que sus cuerpos y decisiones sean respetados dentro de las instituciones médicas.

 

Bibliografía

Amorós, Celia (1991). Rasgos patriarcales del discurso filosófico: notas acerca del sexismo en la filosofía. En Hacia una crítica de la razón patriarcal. Anthropos.

Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Cuarta Visitaduría General, Programa de Asuntos de la Mujer y de Igualdad entre Mujeres y Hombres (PAMIMH) (2025). Informe diagnóstico sobre el derecho a la salud de las mujeres. 

https://igualdaddegenero.cndh.org.mx/doc/Seguimiento/2025_Diagnostico_Salud_Mujeres.pdf

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (2026). https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Federici, Silvia (2022). Ir más allá de la piel. Repensar, rehacer y reivindicar el cuerpo en el capitalismo contemporáneo. Traficantes de Sueños.

Harding, Sandra (2002). ¿Existe un método feminista? En Debates en torno a la metodología feminista. UNAM, UAM.

Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2021). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares. 

https://www.inegi.org.mx/tablerosestadisticos/vcmm/#Grupos_vulnerables

Maffia, Diana (2007). Epistemología feminista: la subversión semiótica de las mujeres en la ciencia. Revista Venezolana de Estudios de la Mujer.

Organización Mundial de la Salud (OMS) (2026). Síndrome del ovario poliquístico. https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/polycystic-ovary-syndrome

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